Capítulo 51 : Lana y pelo fino u ordinario. Hilados y tejidos de crin.

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Gráfica de exportación e importación histórica del capítulo 51.

Gráfica de evolución de los totales de exportación 3032,59 millones de € e importación 2891,56 millones de € del capítulo 51.

2000-012005-012010-012015-012020-015101520253035Exportaciones11.735.5924.686.5936.2217.954.464.2514.14.7514.717.224.7918.51.656.59.64Importaciones16.7210.9633.423.27.4918.525.493.2313.0614.953.393.0414.451.7518.57.05
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Índice de partidas:

Claves del capítulo 51

El capítulo Lana y pelo fino u ordinario. Hilados y tejidos de crin supuso para España en los últimos 12 meses una exportación de 105,21 millones de € y una importación de 99,03 millones de €.

Los países a los que se exportó mayor cantidad de productos de este capítulo fueron: Marruecos, China y Portugal.

Y los países de los que se importaron mayor cantidad de estos productos fueron: Italia, Reino Unido y Portugal.

El capítulo anterior es seda y el siguiente es algodón.

Partidas y subpartidas del capítulo 51

Partida 5101 : Lana sin cardar ni peinar.

  1. 51011100 - Lana sucia, incluida la lavada en vivo.
    1. 51011100 -- Lana esquilada.
    2. 51011900 -- Las demás.
    3. 51012100 - Desgrasada, sin carbonizar.
    1. 51012100 -- Lana esquilada.
    2. 51012900 -- Las demás.
    3. 51013000 - Carbonizada.

Partida 5102 : Pelo fino u ordinario, sin cardar ni peinar.

  1. 51021100 - Pelo fino.
    1. 51021100 -- De cabra de Cachemira.
    2. 51021900 -- Los demás.
      1. 51021910 --- De conejo de Angora.
      2. 51021930 --- De alpaca, de llama, de vicuña.
      3. 51021940 --- De camello, de dromedario, de yac, de cabra de Angora («mohair»), de cabra del Tíbet y de cabras similares.
      4. 51021990 --- De conejo distinto del de Angora, de liebre, de castor, de coipo y de rata almizclera.
      5. 51022000 - Pelo ordinario.

Partida 5103 : Desperdicios de lana o de pelo fino u ordinario, incluidos los desperdicios de hilados (excepto las hilachas).

  1. 51031000 - Borras del peinado de lana o pelo fino.
    1. 51031010 -- Sin carbonizar.
    2. 51031090 -- Carbonizadas.
    3. 51032000 - Los demás desperdicios de lana o pelo fino.
  2. 51033000 - Desperdicios de pelo ordinario.

Partida 5104 : Hilachas de lana o pelo fino u ordinario.

Partida 5105 : Lana y pelo fino u ordinario, cardados o peinados (incluida la «lana peinada a granel»).

  1. 51051000 - Lana cardada.
  2. 51052100 - Lana peinada.
    1. 51052100 -- «Lana peinada a granel».
    2. 51052900 -- Las demás.
    3. 51053100 - Pelo fino cardado o peinado.
    1. 51053100 -- De cabra de Cachemira.
    2. 51053900 -- Los demás.
    3. 51054000 - Pelo ordinario cardado o peinado.

Partida 5106 : Hilados de lana cardada sin acondicionar para la venta al por menor.

  1. 51061000 - Con un contenido de lana superior o igual al 85 % en peso.
    1. 51061010 -- Crudos.
    2. 51061090 -- Los demás.
    3. 51062000 - Con un contenido de lana inferior al 85 % en peso.
    1. 51062010 -- Con un contenido de lana y pelo fino superior o igual al 85 % en peso.
    2. 51062091 -- Los demás.
      1. 51062091 --- Crudos.
      2. 51062099 --- Los demás.

Partida 5107 : Hilados de lana peinada sin acondicionar para la venta al por menor.

  1. 51071000 - Con un contenido de lana superior o igual al 85 % en peso.
    1. 51071010 -- Crudos.
    2. 51071090 -- Los demás.
    3. 51072000 - Con un contenido de lana inferior al 85 % en peso.
    1. 51072010 -- Con un contenido de lana y pelo fino superior o igual al 85 % en peso.
      1. 51072010 --- Crudos.
      2. 51072030 --- Los demás.
      3. 51072051 -- Los demás.
      1. 51072051 --- Mezclados única o principalmente con fibras sintéticas discontinuas.
        1. 51072051 ---- Crudos.
        2. 51072059 ---- Los demás.
        3. 51072091 --- Mezclados de otro modo.
        1. 51072091 ---- Crudos.
        2. 51072099 ---- Los demás.

Partida 5108 : Hilados de pelo fino cardado o peinado, sin acondicionar para la venta al por menor.

  1. 51081000 - Cardado.
    1. 51081010 -- Crudos.
    2. 51081090 -- Los demás.
    3. 51082000 - Peinado.
    1. 51082010 -- Crudos.
    2. 51082090 -- Los demás.

Partida 5109 : Hilados de lana o pelo fino, acondicionados para la venta al por menor.

  1. 51091000 - Con un contenido de lana o pelo fino superior o igual al 85 % en peso.
    1. 51091010 -- En bolas, ovillos, madejas o madejitas, con un peso superior a 125 g pero inferior o igual a 500 g.
    2. 51091090 -- Los demás.
    3. 51099000 - Los demás.

Partida 5110 : Hilados de pelo ordinario o de crin (incluidos los hilados de crin entorchados), aunque estén acondicionados para la venta al por menor.

Partida 5111 : Tejidos de lana cardada o pelo fino cardado.

  1. 51111100 - Con un contenido de lana o pelo fino superior o igual al 85 % en peso.
    1. 51111100 -- De peso inferior o igual a 300 g/m².
    2. 51111900 -- Los demás.
    3. 51112000 - Los demás, mezclados exclusiva o principalmente con filamentos sintéticos o artificiales.
  2. 51113000 - Los demás, mezclados exclusiva o principalmente con fibras sintéticas o artificiales discontinuas.
    1. 51113010 -- De peso inferior o igual a 300 g/m².
    2. 51113080 -- De peso superior a 300 g/m².
    3. 51119000 - Los demás.
    1. 51119010 -- Con un contenido total de materias textiles del Capítulo 50 superior al 10 % en peso.
    2. 51119091 -- Los demás.
      1. 51119091 --- De peso inferior o igual a 300 g/m².
      2. 51119098 --- De peso superior a 300 g/m².

Partida 5112 : Tejidos de lana peinada o pelo fino peinado.

  1. 51121100 - Con un contenido de lana o pelo fino superior o igual al 85 % en peso.
    1. 51121100 -- De peso inferior o igual a 200 g/m².
    2. 51121900 -- Los demás.
    3. 51122000 - Los demás, mezclados exclusiva o principalmente con filamentos sintéticos o artificiales.
  2. 51123000 - Los demás, mezclados exclusiva o principalmente con fibras sintéticas o artificiales discontinuas.
    1. 51123010 -- De peso inferior o igual a 200 g/m².
    2. 51123080 -- De peso superior a 200 g/m².
    3. 51129000 - Los demás.
    1. 51129010 -- Con un contenido total de materias textiles del Capítulo 50 superior al 10 % en peso.
    2. 51129091 -- Las demás.
      1. 51129091 --- De peso inferior o igual a 200 g/m².
      2. 51129098 --- De peso superior a 200 g/m².

Partida 5113 : Tejidos de pelo ordinario o de crin.